Expediente de Regulacion de Empleo de RTVE

Con la aprobación del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en RTVE, se abre la posibilidad de que hasta 4.150 trabajadores/as decidan voluntariamente acogerse a algunos de los programas de desvinculación contemplados en el Plan de Empleo RTVE.

Desde esta página se pretende despejar las dudas mas comunes que se presentan a la hora de la aplicación del contenido del Plan de Empleo, así como de los acuerdos que se vayan concretando en el seno de la Comisión de Seguimiento del ERE.

No obstante cualquier otra duda que se plantee, los afiliados y afiliadas de CC.OO., pueden ser tramitadas a través de las Secciones Sindicales de CC.OO. en RTVE, que cuentan con la información actualizada para resolver cualquier duda sobre la aplicación del Plan de Empleo RTVE.


PROGRAMAS DE CALCULO
Información Hojas de Autocálculo
  • Instrucciones de uso de las hojas de autocálculo.
  • Modelo de Comunicación.
  • Modelo de Adhesión.
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ASPECTOS GENERALES
Preguntas Respuestas
  • ¿Cual es el periodo de calculo de la parte variable?
Desde noviembre de 2005 hasta octubre de 2006, ambos incluidos.
  • ¿Que pasa con las vacaciones o libranzas pendientes de disfrutar?
Aquellos trabajadores que vayan a acogerse al ERE deberán disfrutar previamente las vacaciones y días libres que les correspondan por libranza, aplicándolo con un carácter flexible, y en ningún caso aquellos que ya las hayan disfrutado serán objeto de revisión. Si aun así no pudiera disfrutar de los que le correspondiese, se le deberán abonar en el finiquito.
  • ¿Que ocurre cuando un trabajador esta pendiente de resolución de un expediente de incapacidad y quiere acogerse al ERE?
En los casos en que un trabajador se encuentre inmerso en la resolución de un expediente de incapacidad, y solicite acogerse al ERE, se esperará a que se pronuncie la administración y por tanto concluya el proceso.
  • ¿Puede un trabajador acogido al ERE rescatar su Plan de Pensiones?. ¿Cuando y como?.
De forma general si, en los dos primeros años,  cuando esta en el INEM, o bien cuando este jubilado, ya sea anticipadamente o cuando alcance la edad ordinaria de jubilación, el como te lo explican aquí y aquí
Por otra parte el Reglamento de nuestro Plan de Pensiones, en su articulo 26 contempla otros SUPUESTOS EXTRAORDINARIOS DE LIQUIDEZ
  • ¿Cual será el tratamiento que se de a las excedencias?
Podrán acogerse a este expediente trabajadores de RTVE que tengan una excedencia de las denominadas especiales (cargo público, maternidad, cuidado de mayores etc.). Sin embargo las excedencias voluntarias que pidieran el reingreso para obtener el acogimiento al expediente no serán atendidas.
  • ¿Puedo trabajar en otra empresa que no sea competencia directa de RTVE?
Si, esa empresa pagara la Seguridad Social y RTVE la diferencia, si la hubiera, hasta la base máxima de cotización.
Si la empresa donde trabajas, es competencia de la Corporación, también puedes trabajar, pero en este caso, RTVE suspenderá los pagos de renta y Convenio Especial mientras estés en esta situación.
  • Si fallece un trabajador/a soltero/a o viudo/a y sin hijos, ¿quien percibirá, la Renta Irregular?
La misma persona que perciba la pensión de viudedad u orfandad, ósea nadie.
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RENTA
Preguntas Respuestas
  • Una vez que seamos "prejubilados", ya fuera del paro, de quien "dependemos", quien es nuestro interlocutor a la hora de reclamar, consultar, etc, etc. Si hay problemas con la nueva "nómina"´ ¿dónde dirigirnos?

Al Ente Publico RTVE, al que seguiremos adscritos. La nueva empresa a la que pasan los otros trabajadores es la Corporación RTVE.

  • ¿Como será la forma de pago?
La renta será pagada a cada trabajador acogido al Expediente de Regulación de Empleo mensualmente por RTVE quien lo hará mediante el correspondiente documento justificante del pago.
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JUBILACIÓN
Preguntas Respuestas
  • ¿Que ocurre si al llegar a la edad ordinaria de jubilación (en la actualidad 65 años) no tengo derecho al 100% de mi Base Reguladora (por haber cotizado menos de 35 años)

En ese momento, ósea cuando llegues a la edad ordinaria de jubilación, la empresa te capitalizará y abonará de una sola vez el importe de la merma que sufra en la pensión. El calculo se deberá hacer teniendo en cuenta las tablas de supervivencia PER 2000 modificadas, o las que en cada momento estén en uso.

  • A efectos de cotización a la Seguridad Social, ¿cuenta el tiempo en que estuve realizando el Servicio Militar?
Por aplicación del R. D.670/87 de 30 de abril y Ley Orgánica 13/1991 de 24 de enero se reconocerá como servicios prestados al Estado en clase de Tropa o Marinería, el tiempo que exceda de 9 meses. Deberá solicitarse ante el Área de Pensiones de la Dirección Territorial de Defensa de la Provincia. Más información
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FISCALIDAD
Preguntas Respuestas
  • ¿Como son las retenciones del IRPF cuando hay más de un pagador?

Durante los dos primeros años los trabajadores acogidos al ERE recibirán prestaciones de dos pagadores, el INEM y RTVE, y hay que tener en cuenta que, cuando se perciban rendimientos de más de un pagador cada uno de ellos practicará la retención que corresponda sobre la cuantía que satisfaga, sin tener en cuenta las rentas abonadas por el otro. Así la cuantía total será inferior a la que correspondería de obtenerse la renta de un solo pagador, sin perjuicio de la base liquidable que corresponda aplicar.

  • Tengo un primo que trabaja en Hacienda que me dice: Que en su territorio se esta rechazando las Declaraciones de la Renta de trabajadores de Telefónica, acogidos a un ERE pues no están exentos del 40%
Independientemente de lo que se dice:
1.       En el apartado SEGUNDO A. del Acta del 24 de Octubre entre CGI, Dirección RTVE.
2.       En el articulado del Acuerdo y se aclara en el apartado SEGUNDO C. del acta antes citada.
En Telefónica hay en curso varios expedientes de regulación de empleo, solo los trabajadores incursos en uno de ellos están exentos del 40%, el resto no.
Por lo tanto, tu primo, puede hasta que tenga razón.
  
  • La Renta Irregular Diferida ¿de quién la percibirá el trabajador que se acoja al ERE, de la propia empresa o de una aseguradora? ¿Es el mismo el tratamiento fiscal en ambos casos?
El trabajador cobrara de la empresa, si lo hiciera a través de una aseguradora no tendría derecho a la exención del 40%.
  • ¿Que requisitos debo cumplir para acogerme a la exención del 40%?
Teniendo en cuenta que la renta se abona con cargo a los fondos internos de la empresa (Ente RTVE) tendrán carácter de renta irregular, siempre que se cumpla lo siguiente:

Nº años de generación (años trabajados en RTVE)
--------------------------------------------------------------: >2
Años fiscales (años durante los que RTVE abona la renta)

Esto supone para el año 2006, una aplicación de un coeficiente reductor del 40%,en el IRPF, salvo los 20 días por año, con el tope de 12 mensualidades que esta exento por ser indemnización legal.

Este tratamiento fiscal puede variar año a año, dado que es aprobado en los Presupuestos Generales del Estado o puede sufrir cambios la ley que lo permite. En tal caso:
De acuerdo con lo pactado en la Comisión de Negociación del ERE, y recogido en el Acta del 24-10-2006 si en los proximos 15 años se promulgara una modificacion legislativa que supusiese una variación en +/- 0,5 puntos en la reducción legal de la renta irregular, se recalculara todo para asegurar el porcentaje de renta comprometido.
Tambien se pueden establecer formulas distintas para el cobro de la renta, disminuyendo el número de "Años Fiscales", y conseguir que una renta considerada como regular se convierta así en irregular, para aquellos trabajadores que no cumplan la relacion de >2
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PRESTACIONES POR DESEMPLEO
Preguntas Respuestas
  • ¿Que tiempo tengo para solicitar las prestaciones por desempleo?
El acceso a la prestación de desempleo deberá solicitarse dentro de los 15 días siguientes al nacimiento de la situación legal de desempleo y cubre todas las contingencias comprendidas en la acción protectora de la Seguridad Social (salvo FOGASA y accidente de trabajo).
  • Cuanto tiempo cobraremos las prestaciones por desempleo?
La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, en nuestro caso serian más de 2160 días, por lo tanto nos corresponderan 720 dias de prestación, esto es 2 años.
  • ¿Cuanto cobraremos como prestación por desempleo?

Para determninar la cuantia de la prestacion por desempleo, hay que tener en cuenta la base reguladora, que es el promedio de la base por la que se haya cotizado, por dicha contingencia, los últimos 180 en que haya existido cotización.

Cuantía de la prestación:
  • Los 180 primeros días el 70 % de la base reguladora.
  • A partir del 181 el 60% de la base reguladora.
Tope máximo de la prestación en función del número de hijos:
  • Sin hijos: 1.055,33 €
  • Con un hijo: 1.206,10 €
  • Con 2 o más: 1.356,86 €
Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores con dicapacidad que convivan con Vd. y no tengan rentas superiores a 600,00 € al mes.
  • ¿Me pueden llamar del INEM para hacer cursos u ofertarme un empleo?.
Los acogidos al ERE 2006 de RTVE serán identificados, en el INEM, con una clave, como lo fue en el ERE anterior, al efecto de limitar al mínimo las exigencias de control y presentación que se establece con carácter general.
  • ¿Que debo hacer si me avisan de la oficina del INEM para ofrecerme un empleo?

No deben. Si lo hacen comunícalo inmediatamente para que avisen a la oficina del paro correspondiente y te pongan el epígrafe que te corresponde.

  • Si en el tiempo que este cobrando las prestaciones del INEM me llaman para trabajar o realizar un curso de formación y lo rechazo.
    ¿No estaré incumpliendo el artículo 4.6 del reglamento del ERE?
No, el articulo 4.6 hace referencia a otros temas, como solicitar el desempleo, contratar el Convenio Especial con la Seguridad Social o solicitar la jubilación cuando llegue el momento.
  • ¿En caso de percepción de subsidios del INEM (fuera de los 2 años de paro) se merma la cantidad recibida como prejubilado?

La percepción del subsidio del INEM no esta contemplada en el acuerdo, entre otras cosas porque solo tendría derecho a el una mínima parte de los trabajadores acogidos al ERE.

  • Si un trabajador con mas de 24 años  en la empresa se acoge voluntariamente al ERE ¿Tiene los dos primeros años prestaciones del INEM?
Todos los trabajadores que abandonen la empresa después de haber manifestado su voluntad de acogerse al expediente, tendrán prestaciones del INEM. A excepción de los que ya tengan mas de 65 años.
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CONVENIO ESPECIAL CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Preguntas Respuestas
  • ¿La cotización a la Seguridad Social es por el 100% de mi base o por el 92%?
Si los seis meses anteriores a pasar al paro, tu base de cotización es la máxima, aunque los dos años que estés en el paro tu cotización quede congelada, al contratar el Convenio Especial con la Seguridad Social puedes y debes hacerlo en base máxima.
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PENSION
Preguntas Respuestas


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