Protocolo de actuación
de los Delegados de Prevención y miembros de comités ante
los accidentes de trabajo.
"Los accidentes e incidentes
son el fracaso de la prevención". Nos muestran en qué
se ha fallado.
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¿TODOS LOS ACCIDENTES TIENEN
UNA EXPLICACION?: Sí, en todos los accidentes concurren
una serie de causas, éstas a veces no son visibles. Nosotros, tendremos
que ir desentrañando esas causas, que son como las muñecas
rusas, dentro de cada una hay otra y dentro otra, abriéndonos nuevos
interrogantes. Puede que en un principio sea difícil una o varias
circunstancias concretas que han concurrido en el momento de producirse
un accidente, porque muchas veces están detrás del accidente
jornadas excesivas, mala organización del trabajo, falta de implicación
y motivación, etc.. Actuar sobre estos factores es Prevencion.
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OBJETIVOS: Evitar
que los accidentes se produzcan, si se producen, conocer todos los factores
de riesgos que han estado presentes. Llevar un registro del cien por ciento
de los accidentes que se producen en la empresa. Emprender acciones legales
para determinar responsabilidades penales, civiles o administrativas, si
las hubiera.
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¿QUÉ SE CONSIDERA ACCIDENTE?:
Consideramos accidente de trabajo cualquier incidente que ocasione daños
a la salud y que ocurre en el desempeño de nuestras tareas o cuando
nos desplazamos a nuestro puesto de trabajo.
Se tienen que dar tres condiciones:
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Existencia de lesiones físicas o
psíquicas
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Trabajar por cuenta ajena.
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Que haya una relación causal entre
el trabajo y accidente.
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¿DE QUE ACCIDENTES SE ESTA
OBLIGADO A INFORMAR?: De todos aquellos que sean graves o que afecten
a un gran numero de trabajadores.
Se tienen que investigar todos
los accidentes y que causa han ocurrido en ellos, pero de los graves es
necesario informar a la mayor brevedad posible para posteriores actuaciones
sindicales o judiciales. "El tiempo difumina las causas" no pudiendo sacar
conclusiones ni enseñanzas para poder evitarlos.
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¿QUIÉN DEBE INFORMAR?:
Todo miembro del Comité de empresa aunque no sea Delegado de Prevención
ni pertenezca al Comité de Salud, tiene la obligación moral
de atender cualquier asunto referido a la salud y seguridad de sus compañeros
además de la obligación legal que establece el Estatuto de
los Trabajadores.
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¿A QUIEN SE DEBE INFORMAR?:
Se debe poner en conocimiento a la mayor brevedad posible, que ha ocurrido
un accidente a:
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La Inspección de Trabajo.
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Al Local Sindical de Torrespaña.
La mayoría de las veces nos enteramos
pasados 6 o 7 días puesto que la empresa no informa. Es importante
recabar la mayor información posible.
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¿COMO CONOCER LAS CAUSA?:
por medio de la investigación del accidente antes de que los factores
que han concurrido se difuminen. Elaborando un "árbol de causas".
No se buscan culpables sino circunstancias que han concurrido.
Después de haber realizado
todo lo anterior es necesario hacer un seguimiento de las actuaciones llevadas
a cabo tanto por la Inspección de Trabajo como del Sindicato, no
dejando en mano de las Mutuas esta labor que siempre favorecerá
a la empresa a consta de los derechos e indemnizaciones que se pudieran
derivar para el trabajadores o sus familiares.